A CATHERINE D’AUTRICHE
20 janvier 15G8.
Aunque de muchos dias finies, del discurso de vida y modo de procéder del principe mi hijo, y de muchos y grandes argumentos y testimonios que para esto concurren, sobre que ha dias respondi A lo que V. A. me cseriviô lo que havrA visto, y entendido la necesidad précisa que avia de poner en su persona rcinedio, el amor de padre y la consideracion y justification que para venir A semejantc término debe précéder me ha delenido, buscando y nsando de todos los otros raedios y remedios y caminos que para no ilegar A este punto me han parecido necesarios, las cosas del principe han passado tan adclante y venido A tal estado que, para cumplir con la obligacion que tengoA Bios, como principe christiano, y A los reynos y estados que ha sido servido de poner A mi cargo , no he podido escusar de baccr mudanza de su persona, y recogerle y encerraile. El sentimiento y dolor con que esto havré liecho, V. A. lo podrA juzgar por el que yo sé que ternA de tal caso, como madré y seûora de todos ; mas en fin yo he querido liacer en esta parte sacrlflcio A Dios de mi propia carne y sangre, y preferir su servicio y el bien y bénéficia
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püblico à las olras consideraciones humanas. Las causas, asi antiguas couio las que de nuevo liau sobrevenido, que me Itau constrefiido A tomar esta résolution, son (aies y de (al calitlad que ni yo las podria referir, ni V. A. olr, sin renovar el dolor y lAstima, déniés que A su ticmpo las entenderA. A V. A. solo me lia parescidu agora advertlr que el tundainento de esta mi detcrminacion no dépende de culpa ni inobediencia ni desacalo, ni es enderecado A casligo, que, aunque para esto havia suilciente materia, pudiera lener su tiempo y su término, ni tampoco le lie toinado pur medio, teniemlo esperanzn que por este camino se reforinaràn sus excesos y desCrdenes : ticne este negocio otro principio y raiz cuyo, remédie no consiste eu tiempo ni en medios, y que es de mayor importoncia y consideracion para satisfacer yo A la diclia obligacion que tengo A Dios y A los dichog mis reynos. Y porque del progreso que este negocio tuviere, y de lo que en Al hubiere de que dar A V. A. parte y razon, se le darA continuamente, en esta no tengo mas que decir de suplicar A V. A., coino madré y sefiora de lodos, y A quien tanta parte cabe de todo, nos cncomiendeA Dios, el quai guarde A V. A. coino yodeseo.
De Madrid, A xx de henero 15G8.
Besa las manos A Vueslro Alleza
Su liijo,
El. Rky.
(Archives de Simoncitt, Eilatiu, l«g. 2018, -S« livre de Uerso», fol. l'J I d