FIN
Appendix A.
On trouve partout, soit dans les lettres de Philippe II, soit dans les annotations que ce prince avait coutume de placer à la marge des dépêches qui lui étaient soumises, des traces nombreuses de l'extrême confiance qu'il accordait à Perez. Les trois fragments de lettres qui suivent serviront encore mieux à faire connaître quelles étaient la nature et l'étendue de cette confiance. Dans une lettre du 7 juin 1577, où il engage Perez à venir s'établir à San Lorenzo, il ajoute :
« Sin esto, no nos podriamos desembolber, y acabar de resolver cien cosas, en que ay bien que mirar, y a si sera bien que el lunes esteis en consejo, y procureis se conclu ia en lo que fuere menester, y quel martes os bengais aca, que bien abrâ donde poseis â la bista, por estar mas à* mano, y asi lo podreis accr sin decir nada à nadie, por que no se vengan tras bos, y nos maten. Pues nos abemos de tratar de los négocios particulares, sino de los générales, en que ay bien en que enlender 4 . »
Dans un billet sans date, mais écrit vers l'époque où Escovedo se rendit en Flandre, Philippe II laisse voir combien il est enclin à se décider en toutes choses d'après l'avis de son principal ministre : se plaignant à Perez des importantes d 'Escovedo, il lui
1 Ms. de la Haye, fol. 74 à 74 V.
envoie un papier que celui-ci lui a remis, et à ce sujet il lui écrit :
« He acordado dembiarosle y si os pareciere que bastarâ responderle, y si os pareciere que le responda desde aqui, embiadmelo y ordenadas las rrepuestas, y brèves, como las que de aqui fueron, porque le paresca todo uno.Tambien he recevido oy ese otro de Garnica, bedlo y bolbedmelo luego como va, y me advisad luego lo que os pareciere dello, qne sera bien responderle 6 lo de los cien mill ducados, y las demas cosas que alli dice, porque seré bien rresponderle con brevedad à ellas « . »
Enfin, voici ce que Philippe II répond à Perez, le 10 avril 1578, lorsque celui-ci le supplie de le protéger contre ses ennemis qui se réunissent pour le perdre :
« Yo veré todo lo que se podrâ acer en esto cumpliendo con la concicncia en lo que a de ser y ablamos el martes. Y todo lo haré pues estoy muy cierto de vos que quercis lo mismo, pues beis que en esto no ay bolunlad, sino fuerça y de conciencia y aima *. »
Appendix B.
Dans la lettre que don Juan adressa, le 2 janvier 1577, à Philippe II, il rendait compte à son frère de sa double négociation avec les États et les troupes espagnoles. Il disait en parlant d'Octavien Gonzaga et d'Escovedo :
« Pasaron por Bruselas, y dado cuenta dello a los del consejo destado, que para oirla quisieron estar juntos en la casa de la villa, les pidicron lo que Yuestra Magestad mandarâ saber en la copia del papel que aqui ba. Y ellos ofrecieron hacer todo lo que pudiesen para dar satisfacion à. los estados, y de avisar de lo que acavassen. Llegaron a Anberes y propusieron lo que llevaban A cargo a las cabeças de las xentes que alli estaban, y a todos pareciô grande rresolucion, pues se les benia a dexar en las manos la religion, y los estados, y de la mariera de procéder de asta aqui de todos ellos, no se podia ni debia esperar que avian de ussar desta merced, ni recivirla con la gratitud
1 Ms. de la Haye, fol. 76.
2 Ibid., 89-90.
dévida, sino proseguir en su mal intento, y libertad en sus conciencias, que era à* lo que se encaminaban todas sus tramas y ncgociaciones, anteponiendo que por esta consequencia seguiria I ta lia, y procuraria hechar fuera los extraneros, a la cual prévention, como velicossa y de xente mas apta A la guerra, séria mas facil, y que quando no bubiesse otro ynconbeniente, este era tan grande que se abia de mirar mucbo, porque de esto ellos no tenian que tratar, y pues sera negocio resuelto por Vucstra Magestad y, para su descargo, avian avisado gênerai y particularmente de lo que entendian à* Vuestra Magestad y à mi, y que era justo darles credito pues de lo que abian visto podian acer eslo juicio, y no esperar ni prometersse cossa bucna ni endereçada al servicio de Dios ni de Vuestra Magestad, siendo todo lo que avian visto y veian obras y aun palabras que mostraban esto que â ellos no les quedaba que acer, sino obedeccr, y que assi birian luego de los estados, en pagandolos, donde Vuestra Magestad mandasse, y que la pretension que tenian los estados de que fuessen por tierra, liera fundada en lo de la rreyna, de Yngla terra, cuyo embaxador estava aciendo oficios sobre ello, y del principe de Orange, y de los mismos estados, pareciendoles que con esto se desharâ esta xente y perderâ, cossa que ellos tanto desean y procuran, y questo no conbiene al servicio de Vuestra Magestad por muchas rraçones que para ello dieron : las principales fueron que de aqui a Y ta lia, el camino era muy largo y aspero, y en este tiempo asta que biniesse la primavera, no se podia passar, y que en el Saboyano se avian de proveer primo de las bituallas, en que se tardaria mas tiempo de lo quellos pretendian, aviendose de hir ; y los Flamencos querian que en Ytalia y Uegados alla, no era menester, ni la peslilencia no dava lugar a que entrasen en ella sin grandes difficultadcs ; que para esperar alli embarcation y tenerla, sera menester el tiempo que se dexa considerar, y despues, de suyo, estar larga la nabegacion como desde aca ; y anaden los capitanes que como esta xente h ira muy desdenada por la orden que tiencn en hecharles, destrubiran todos los lugarcs por donde pasaren, sin quellos ni nadie sca parte para rremediarlo, y concluien que si quieren que se vaian, les bagan la puente de plata, y por donde y como, que lo dexen en su élection ; no piensan suxetarse é la de los estados, quanto mas siendo esto lo que combiene al servicio de V. M., y lo que pretenden estos lo contrario; y aun que se ha dado cuenta â los estados desta resolucion, aconsexados del principe de Orange, con quien communican quanto se trata siguiendo su parecer, todavia hacen instancia en que baian por tierra, y me an dado el mémorial que aqui va de las causas que les muebe a ello, y aunque Escobedo rrcpresentô la mayor parte délias â la xente, se afirman - que quando no ubiese las causas dichas sino las contrarias, por
solo do coniplacerles seguirian su primer proposito, y concluyen con que les an de pagar aora bayan por mar, aora por tierra, y antes de salir questraguen la costa de los navios, 6 que esperen mayor dano, y dicen, como soldados arriscados mas que como nombres considerados, que les dexe yo tratar con ellos esto, y que capitularan muy a su ventaxa, y que, si quiero que les quemen â todos como mereeen, que lo aran, y como esta su yntencion va endereçada â fin que V. M. tiene de que agan, de camino, algo que rrestaure la gran quiebra que desta salida [se sigue â la autoritad de V. M., biendo todo el mundo que a sido forçado â ello, dejéme Uevar por su parecer y que pidan las gullorias que quisieran para venir por este medio, y sin abenturar nada de lo principal, à" sacar los navios ; que combiene en la orden, que es menester, y tanbien es necessario que, en demandas y rrepuestas tan colorados como estas, se baia dilatando todo lo que pudicre la embarcation, porque si biniesse â dibidirsse, y cansados de la gran costa que tienen, se declarassen algunos lugares por Y. M. no ay que dudar sino que se negociaria con mas ventaja, y si me reciben, como dan muestra dcllo, antes que salgan, séria gran cossa. El envarcar la cavalleria entera tiene dificultad, aunque digo â Y. M. que sera gran lastima apearla, porque, como aora esta encabalgada, es para prometer grandes efetos. Pero, cuando el negocio no pare en mas questo, se apearà lo que no pudiere Hevarse, y se atenderé â componer esto lo menos mal que se pudiere, sin otros rrespectos al mismo tiempo y mas aprestadamente de lo que se puede encarecer. Me an hecho ynstancia que me baia â Namur, â meter entre ellos, assegurandome sobre sus palabras que me rrecibiran luego y prestaran el juramento debido, a lo cual he respondido que aunque de la forma de mi venida puedan juzgar que ninguna cosa desea Y. M. tanto como el complacerles, que entre tanto que dura el concertarnos, lo que mexor sera para ellos y para mi es que nos bamos todos â un lugar del obispo de Lieja, y que alli con seguridad podiamos tratar los negocios y bénir â la conclusion dellos. A esto alegaron que los estados no era justo, ni tan poco el consejo dellos, que saliesen â juridicion axena, porque hera contra lo acostunbrado y contra su autoridad, que yo lo considérasse y biesse que la considération en este negocio séria, allandosse sin caveça, parte para que se desesperasen del rremedio, y Francia llevaria una parie, y Ynglaterra otra, y el principe de Orange otra, y V. M. perderia sus buenos estados y leales vasallos, y esto con tantas esclamaciones y protestation es que, si se ubiesse procedido de su parte con la Jlaneça que les convenia, jfueran faciles de admitir. Yo no me resolvi con todo esto à condescender con sus peticiones, y, desesperados de alcançarlo, se despidieron de mi para bolberse à* Namur. Al mismo tiempo, y despues destar despedidos, vinieron à mi los diputados quel el Empe-
rador a embiado A procurar de sosegar esta xente, y pcrsuadieronme al concierto, antcponiendo el daîio que de lo contrario podia suceder. To para su satisfacion les conté todo lo que, desde que vine asta aquella hora, avia pasado con ellos, y las caussas tan justas que podia tcner para no forme dellos, como lo pretendian, y oidas, no supeiron que rresponderme, stno que ténia rraçon, pero que con todo esto fuese mirando lo que podia bacer para quitar esta diticultad, y embiar a los diputados de los eslados satisfechos, y deseando acer este negocio con ultima prueba, y que de mi parte no quedase nada por hacer, aviendo cl eleto de Amberes ablado à uno de los diputados del Emperador, dij6 a un Teatino, que se llama Trigosso, lo que avia, cl quai vino de Amberes con Octavio y Escobedo, à quien becharon por concertador como religiosso, que si se concerlascn estos estados de que yo esluviesse en Malinas 6 Lobaina con guarda Alemana, se lo aria dando rrencs. Dijele, luego que me lo refiriô, que si; pero que advirtiesse que no se conlcntarian de que la guarda fuese Alemana, como fue verdad, porque, probando, no salieron a ello ; y viendo que era menester aventurar para gaiïar 6 ber la perdida cierta, y questos ciegos de pasion no toman elecion, me déterminé de lo que ellos pedian atras, que me contenlaria hir & Malinas 6 Lobaina, a meterme en poder de la persona y jente de los estados , y que yo escoxiesse con los relienes que nombrassen ; amaron hoirlo, y quedaron los mas contentos del mundo con ello, y luego sse pus6 por escrilo, y lo acepté, y nombre à mos de Aycrbe para mi guarda, con la gente de su cargo que fuese menester para mi seguridad y la del lugar donde estubiesse, y la dieba Malinas 6 Lobaina, y por rrenes al conde de la Lain, al marques de Abre, al visconde de Gante y al abad de San Geten para entender • queste, en los estados, ace muy malos oficios. Despues de capitulado me vinieron â decir que, aunque cumplirian lo questava asentado, que rrecibirian mucha merced que nombrassc en lugar del conde de lo Lain otro, porque le tenian ocupado en lo de su jente y séria embaraço poner otro : yo me contenté dello, y nombre al conde de Rus, y diciendome tambien que por estar su madré mala, se allava embaraçado, que fuese servido soltar tambien este, yo lo bc hecho y nombre otro de los que me senalaron. Con esto se ban partido esta manana y tambien los diputados del Emperador, todos muy contentos V »
ÀPPENDIX C.
(P. 54.) Voici dans quels termes Perez faisait part à Philippe II de Pen-
1 Ms.de la Haye, fol. 4 à 12.
tretien qu'il avait eu avec le nonce du pape, au sujet de l'entreprise d'Angleterre, et les annotations placées par le roi à la marge de la lettre de Perez :