‹ Antonio Perez et Philippe 2Chapitre 179 sur 191 · FIN · texte numérisé non relu

FIN

APPENDICES

Ait en dix A.

On trouva partout, soit dans les lettres de Philippe H, soit dans les annotations que ce prince avait coutume de placer à la marge des dépêches qui lui étaient soumises, des traces nombreuses de l'extrême confiance qu'il accordait à Perez. Les trois fragments de lettres qui suivent serviront encore mieux à faire connaître quelles étaient la nature et l'étendue de cette confiance. Dans une lettre du 7 juin 1577, où il engage Perez à venir s'établir à San Lorcnzo, il ajoute :

« Sin esto, no nos podriamos desembolber, y acabar de. resolver rien cosas, en que ay bien que mirar, y asi sera bien que cl lunes esteis en consejo, y procureis se concluia en lo que fuerc menester. y quel martes os bengais acâ\ que bien abrà* donde poseis â la bista, por eslar nias à* mano, y asi lo podreis aeoi* sin decir nada a* nadie, por que no se vengan tras bos, y nos maten. Pues nos abemos de tratar de los négoeios particularos, sino de los ffcncrales, en que ay bien en que entender 1 . »

Dans un billet sans date, mais écrit vers l'époque où Escovedo se rendit en Flandre, Philippe 11 laisse voir combien il est enclin à se décider en toutes choses d'après l'avis de son principal ministre : se plaignant à Perez des importunités d'Escovedo, il lui

» Ms.de la Haye, fol. 71 74 r.

envoie un papier que celui-ci lui a remis, et à ce sujet il lui écrit :

« Ile acordado dembiaroslc y si os parecierc que bastarâ responderle, y si os parecierc que le responda desde aqui, embiadmelo y ordenadas las rrepuestas, y brèves, como las que de aqui lucron, porque le paresca todo uno.Tambicn he recevido oy ese otro de Garnica, bedlo y bolbedmelo luego coiuo va, y me advisad luego lo que os parecierc dello, qne sera bien responderle â lo de Jos cien mill ducados, y las demas cosas que alli dice, porque sera bien rrcsponderlc con brevedad a ellas 1 . »

Enfin, voici ce que Philippe II répond à Perez, le 10 avril 1578, lorsque celui-ci le supplie de le protéger contre ses ennemis qui se réunissent pour le perdre :

« Yo veré todo lo que se podra acer en esto cumpliendo con la" concicncia en lo que a de scr y nblamos el martes. Y todo lo haré pues estoy muy cierlo de vos que quereis lo mismo, pues beis que en esto no ay boluntad, sino l'uerça y de concicncia y aima V »

Appendix B.

Dans la lettre que don Juan adressa, le 2 janvier 1577, à Philippe II, il rendait compte à son frère de sa double négociation avec les Etats et les troupes espagnoles. Il disait en parlant d'Octavien Gonzaga et d'Escovedo :

« Pasaron por Bruselas, y dado cuenta dello â" los del consejo destado, que para oirla quisieron eslar juntos en la casa de la villa, les pidieron lo que Vuestra Magestad mandara saber en la copia del papel que aqui ba. Y ellos otrecieron hacer todo lo que pudiesen pi»ra dar satisiacion â los eslados, y de avisar de lo que acavassen. Llegaron a Anbercs y propusieron lo que llevaban â cargo â las cabeças de las xentes que alli eslaban, y â lodos pareciô* grande rresolucion, pues se les benia â dexar en las manos la religion, y los eslados, y de la mancra de procéder de asta aqui de todos ellos, no se podia ni debia esperar que avian de ussar desta merced, ni recivirla con la gratitud

1 Ms. de la Havo, fol. 70.

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dévida, sino proseguir en su mal intento, y liberlad en sus eonciencias, que era â lo que se cncaminaban todas sus tramas y ncgociaciones, anteponiendo que por esta consequencia seguiria Italia, y proeuraria hcchar fuera los extraîieros, a la cual prévention, como velicossa y de xente mas apta a la guerra, séria mas t'acil,' y que quando no hubiesse otro ynconbenientc, este era tan grande que se abia de mirai* mucho, porque de eslo ellos no tcnian que tratar, y pues sera negocio resuelto por Vucstra Magestad y, para su descargo, avian avisado gênerai y particularmente de ïo que enlendian a Vuestra Magestad y a mi, y que era justo darles credito pues de lo que abian visto podian acer eslo juicio, y no esperar ni prometci ssc cossa buena ni endereçada al scrvicio de Dios ni de Vuestra Magestad, siendo todo lo que avian visto y veian obras y aun palabras que mostraban csto que à ellos no les quedaba que acer, sino obedecer, y que assi hirian luego de los estados, en pagandolos, donde V ucslra Magestad mandasse, y que la pretcnsion que lenian los estados de que l'uessen por tierra, bera fundada en lo de la rreyna de Ynglaterra, cuyo embaxador estava aciendo olicios sobre eilo, y del principe de Orange, y de los mismos estados, parccicndoles que con esto se desbara esta xente y perderâ, cossa que ellos tanto dcscan y procuran, y questo no conbiene al servicio de Vuestra Magestad por muchas rraçones que para ello dieron : las principales lueron que de aqui a Ytalia, cl camino era muy largo y aspero, y en este tiempo asta que biniesse la primavera, no se podia passai*, y que en el Saboyano se avian de provcer primo de las bituallas, en que se tardaria mas tiempo de lo quellos pretendian, aviendosc de bir; y los Flamencos querian que en Ytalia y llegados alla, no era menester, ni la pestilencia no dava lugar ,î que entrasen en ella sin grandes difficultadcs ; que para esperar alli embarcacion y tenerla, sera menester el tiempo que se dexa considérer, y despucs, de suyo, estar larga la nabegacion como desde acâ ; y afiaden los capitanes que como esta xente hirâ muy desdeùada por la ordcn que tienen en hecbarles, destrubiran todos los lugarcs por donde pasaren, sin quellos ni nadie sca parte para rrcmediarlo, y concluien que si quieren que se vaian, les hagan la puente de pïata, y por donde y como, que lo dexen en su eleccion ; no piensan suxetarse â la de los estados, quanto mas siendo csto lo que combiene al servicio de V. M., y lo que pretenden eslos lo contrario; y aunque se ha dado cuenta à los estados desla resolucion, aconsexados del principe de Orange, con quien communican quanto se trata siguiendo su parecer, todavia hacen instancia en que baian por tierra, y me an dado cl mémorial que aqui va de las causas que les muebc a* ello, V aunque Escobedo rrepresento la mayor parte délias â la xente, se afirman que quando no ubiese las causas diebas sino las contrarias, por

solo no coniplacerles seguirian su primer proposito, y eoncluyen cou ijuc les an de pagar aora bayan por mar, aora por ticrra, y antes de salir questraguen la costa de los navios, 6 que esperen inayor daiïo, y dicen, como soldados arriscados nias que como bombres considerados, 411c les dexe yo tratar eon cllos esto, y que capilularan muy a su ventaxa, y que, si quiero que les quemen â todos como mercccn, que lo aran, y como esta su yntencion va cndereçada â fin que V. M. tiene île que agan, de camino, algo que rrestaurc la gran quiebra que desta salida [se sigue â la autoritad de V. M., biendo lodo el mundo que a sido forçado à* ello, dejéme llevar por su parecer y que pidan las gullorias que quisicran para venir por este mcdio, y sin abenturar nada de lo principal, â sacar los navios ; que combienc en la orden, que es menester, y tanbien es necessario que, en demandas y rrepuestas tan colorados como estas, se baia dilalando lodo lo que pudierc la embarcacion, porque si biniessc a dibidirsse, y cansados de la gran costa que tienen, se declarassen algunos lugarcs por V. M. no ay que dudar sino que se negociaria con mas ventaja, y si me reciben, como dan muestra dcllo, antes que salgan, séria gran cossa. El envarcar la cavalleria entera tiene dilicultad, aunque digo a V. M. que sera gran lastima apearla, porque, como aora esta encabalgada, es para prometer grandes ef'etos. Pero, cuando el negocio no pare en mas questo, se apearâ lo que no pudiere llcvarsc, y se atenderâ â cornponer esto lo menos mal que se pudiere, sin otros rrespectos al mismo liempo y mas aprestadamente de lo que se puede cncareccr. Me an beebo ynstancia que me baia â Namur, â meter entre ellos, assegurandome sobre sus palabras que me rrecibiran luego y prestaran el juramento debido, «i lo cual lie respondido que aunque de la forma de mi venida puedan juzgar que ninguna cosa desea V. M. tanto como cl complacerles, que entre tanto que dura el concertarnos, lo que mexor sera para ellos y para mi es que nos bamos todos a un lugar del obispo de Lieja, y (jue alli con seguridad podiaraos tratar los negocios y benir a la conclusion dellos. A esto alegaron que los estados no era justo, ni tan poco el consejo dellos, que saliescn â juridicion axena, porque liera contra lo acoslunbrado y contra su autoridad, que yo lo considérasse y biessc que la consideracion en este negocio séria, allandossc sin caveça, parle para que se desesperasen del rrcmedio, y Francia llcvaria una parte, y Ynglaterra otra, y el principe de Orange otra, y V. M. perderia sus buenos estados y leales vasallos, y esto con tantas esclamaciones y protestaciones que, si se ubiesse procedido de su parte con la llaneça que les convenia, fueran faciles de admitir. Yo no me resolvi con todo esto â condescender con sus peticiones, y, desesperados de alcanç îrlo, se despidieron de mi para bolberse â Namur. Al mismo tiempo, y despucs destar despedidos, vinieron à* mi los diputados quel el Empe-

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rador a emhiado a procnrar de sosegar esta xcnlc, y porsuadieronme al concierlo, antcponiendo el dafio que de lo contrario podia sucedcr. Yo para su satist'acion les conté todo lo que, desde que vine asta aquclla hora, avia pasado con ellos, y las caussas Lin justas que podia tencr para no fiarrne dellos, como lo prelendian, y oidas, no supeiron que rresponderme, sino que ténia rraçon, pero que con todo esto luese mirando lo que podia liacer para quitar esta dilicultad, y enibiar â los diputados de los eslados satisfechos, y deseando acer este negocio con ultima prueba, y que de mi parte no quedasc nada por haccr, aviendo el eleto de Amberes ablado â uno de los diputados dcl Enipcrador, dijô â un Teatino, que se llama Trigosso, lo que avia, el quai vino de Amberes con Octavio y Escobedo, â quien hecharon por concerlador como religiosso, que si se concertasen eslos estados de que vo esluviesse en Malinas 6 Lobaina con guarda Alcmana, se lo aria dando rrencs. Dijele, luego que me lo refirio, que si; pero que advirtiesse que no se contentarian de que la guarda l'ucsc Alcmana, como lue verdad, porque, probando, no salieron â ello ; y viendo que era menesler aventurai' para gaïïar 6 ber la perdida cierta, y queslos ciegos de pasion no toman elecion, me déterminé de lo que ellos pedian atras, que me contenlaria hir â Malinas o Lobaina, a meterme en potier de la persona y jente de los estados , y que yo escoxiesse con los rehenes que nombrassen ; amaron 'hoirlo, y quedaron los mas contentos del mundo con ello, y luego sse pusô por escrilo, y lo acepté, y nombre u mos de Ayerbe para mi guarda, con la gente de su cargo que luese menesler para mi seguridad y la del lugar dondc estubiesse, y la dieba Malinas o Lobaina, y por rrencs al conde de la Lain, al marques de Abre, al visconde de Gante y al abad de San Gelen para entender queste, en los estados, ace muy malos oficios. Despues de capitulado me vinicron â decir que, aunque cumplirian lo questava asentado, que rrecibirian mueba mereed que nombrasse en lugar del conde de la Lain otro, porque le tenian ocupado en lo de su jente y séria embaraço poner otro : yo me contenté dello, y nombre al conde de Rus, y diciendome tambien que por estar su madré mala, se allava embaraçado, que fuesc servido sollar tambien este, yo lo hc heebo y nombre otro de los que me seùalaron. Con esto se ban partido esta mafiana y tambien los diputados del Emperador, todos muy contentos 1 . »

Appekdix C.

Voici dans quels termes Perez faisait part «à Philippe II de l'en- ' Ms.de la Haye, fol. 4 à 12.

tretien qu'il avait eu avec le nonce du pape, au sujet de l'entreprise d'Angleterre, et les annotations placées par le roi à la marge de la lettre de Perez :

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