BUENOS AYRES
Ratification du même Protocole de la part du Président de la Confédération Argentine.
Nos el Gobcrnador y Capitan General de Buenos Ayres, Encargado de dirigir las rclaciones cxteriorcs de la Confederacion Argentina.
llabiendo el Ministro de relaciones exteriores del Gobierno de Buenos Ayres, Encargado de las que corresponden à la Confederacion Argentina, firmado junto con el Scnor Consul General de Su Magestad cl Rey de Cerdena en dicha Republica , por especial autorizacion que este recibiô de su Soberano, el Protocolo de que résulta haber reconocido expresa y soleinnemente la indcpendencia de la Confederacion ; y la mutua declaracion conccrniente al tratamiento de que ban de gozar el pabcllon y ciudadanos de la Confederacion y sus propiedades en los Dominios de Su Magestad ; y viceversa el pabcllon , subditos y propiedades Sardas en la inisma Confederacion; cuyo Protocolo es del ténor siguiente :
Suit le Protocole rapporté dans le N.® précédent.
Nos, visto el precedente Protocolo y aprovado lo en él estipidado , lieinos venido en acccptarlo , confirmarlo y ratificarlo , como por la présente , Armada por Nuestra mano , refiendada por el Ministro Secrctario de Estado en cl Departamcnto de relaciones exteriores y sellada segun corresponde , acccptamos , confirmamos y ratificamos , prometiendo observarlo y hacerlo observar y cumplir en todas las Provincias de la Confederacion. Dado en Buenos Avres à 20 de enero de 1858, ano XXIX de la libertad , XXIII de la independencia y IX de la Confederacion Argentina.
J lan M. de Posas.
Felipe Arana.